Días por fallecimiento ¿Tengo derecho al permiso laboral?

Días por fallecimiento, preguntas frecuentes.

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¿Cuántos días de permiso por un fallecimiento tengo derecho?, ¿Cómo solicitar el permiso para tener mis días por fallecimiento?

Antes de saber los días por fallecimiento que tenemos por la defunción de un familiar, decir que:

Como siempre hablamos en nuestra floristería funeraria para el envio de flores para funerales a tanatorios de España.

El fallecimiento de un ser querido es un momento muy difícil que nos da la vida

pero que inevitablemente forma parte de nuestra existencia.

No sabemos qué hora y ni qué fecha ni los días por fallecimiento, no sabemos nada sobre la hora de nuestra inevitable muerte.

Pero en cualquier momento tendrá suceder y recibiremos la triste noticia del fallecimiento de un familiar allegado a nosotros pero resulta que estamos en jornada laboral y por lo tanto trabajando.

Debido a ello mientras se va asimilando la fatídica noticia de la defunción,

se procede normalmente a enviar un arreglo de flores funerario como una corona, centro o ramo y si deseas asistir presencialmente al funeral

seguro que querrás estar apoyando a tus familiares por el momento que se está atravesando.

Por lo tanto tras información aportada por abogados en España, aportamos este artículo en nuestro blog funerario sobre que dice la ley de los días por fallecimiento que te corresponden para solicitar un permiso laboral.

Por ello tras esta introducción vamos a intentar ayudarte sobre tus derechos que te corresponden a este tema tan delicado.

¿Tengo derecho a días por fallecimiento familiar?

La respuesta a esta pregunta es que si tienes todo el derecho por ley a unos días por fallecimiento.

¿Cómo solicitar el permiso laboral por fallecimiento a mi empresa?

Para tener días por fallecimiento, debes solicitar el permiso laboral debido a que es todo un derecho que tienes, contemplado en el Estatuto de los trabajadores y que tu empresa no puede negarse a ello.

El artículo que legisla esta ley es el “articulo 37.3 Estatuto trabajadores”, el cual a destacar nos dice lo siguiente:

Si deseas el artículo completo puedes hacer clic en este enlace para que lo puedas estudiar. B.O.E Agencia Estatal boletín Oficial del Estado.

(Desde este enlace puedes estar al día de las actualizaciones que surjan con respecto a esta ley).

Por lo tanto el punto clave en el artículo 37.3 del estatuto de los trabajadores nos dice:

“Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.”

Al fijarnos en esta ley se observa que se tiene derecho a solicitar dicho permiso por días por fallecimiento.

Pero ojo, muy importante para solicitarlo el fallecimiento debe relacionarse como mínimo a familiares de segundo grado.

Por lo tanto,

¿Cuáles son los grados familiares?

FAMILIARES DE PRIMER GRADO

• Padres
• Hijos
• Cónyuges
• Suegros

FAMILIARES DE SEGUNDO GRADO

• Hermanos
• Abuelos
• Nietos
• Cuñados

Es decir si un tío, primo u otro familiar que no esté en la lista que he mencionado anteriormente no podrás atenerte a solicitar dicho permiso laboral.

Solo los familiares de primer y segundo grado tienen permiso a utilizar dicho derecho legislativo.

¿Cuántos días por fallecimiento de un familiar me corresponden?

Los días por fallecimiento que te corresponden por la defunción de un familiar de primer grado o segundo grado es de 2 días naturales a 4 días naturales en caso que tengan que desplazarte.

La distancia mínima para el permiso de los 4 días por fallecimiento tiene que a partir de 200Km tanto para la ida como otros mínimos 200Km para la vuelta.

En el caso de tener que desplazarte no porque tengas que ir muy lejos vas a tener más días, la distancia es independiente, es decir dispones de 4 días de permisos por desplazamiento tanto si vas de Madrid a Málaga como de Madrid a Londres.

¿Un sábado o domingo cuenta como día laboral?

Tú permiso laboral solo son para los días laborables.

Es decir si el fallecimiento sucede un sábado, tu incorporación al trabajo tendrá que ser el lunes, a no ser que tengas que desplazarte por lo cual te incorporarías el miércoles.

Si la defunción es el domingo, tan solo tienes como permiso el lunes por lo que el martes sería tu incorporación a tu puesto de trabajo.

Así que según la legislación solo se cuentan los días laborables como días naturales.

¿Cuándo empiezan a contar mis días por fallecimiento?

Los días por fallecimiento de comienzo de tu permiso empiezan a contar desde el día que ha sucedido el fallecimiento o defunción del familiar.

¿Cómo solicitar el permiso laboral por fallecimiento a mi empresa?

Como te he respondido anteriormente ten claro que el permiso comienza a contar desde el mismo día de la defunción.

Importante saber que en tu empresa ene l convenio colectivo tienen aplicado esta ley.

Un convenio colectivo es un acuerdo interno que se firma entre los representantes de los trabajadores y la empresa.

Con ello te quiero decir que mires bien y tengas muy presente que en el convenio general de trabajadores de tu empresa,

y se encuentre presente escrito esta ley para poder tener permiso a ello y evitar problemas después.

En este caso en cuanto sepas o te informen de la fatídica noticia de la defunción,

avisa lo antes posible a tu empresa ante tal suceso tan doloroso e importante para ti y en tu vida.

El proceso que te aconsejo de solicitarlo sería el siguiente:

Solicítalo a través de un e-mail, fax o una carta para dejarlo por escrito y no halla malos entendidos después.

El tenerlo dejarlo por escrito da constancia y seguridad de que son ciertos tus motivos y puedes justificar que en ningún momento has querido abandonar tu puesto de trabajo.

Como se dice las palabras se las lleva el viento y evitaras malos entendidos.

Al informar por escrito y solicitar tus días por fallecimiento tienes por ley todo el derecho a ello.

Tu empresa no puede negarse, la legislación actual vigente da lugar a tener este derecho y por tanto la ley te respalda en todo momento.

Se puede dar el caso que por políticas de trabajo de tu empresa con un escrito no les valga, en este caso pueden pedirte que demuestres que ha fallecido un familiar de primer y segundo grado.

Para ello lo aconsejable es presentar copia del certificado de defunción y para confirmar que es un familiar de primer y segundo grado pueden solicitarte copia del libro de familia.

¿Pueden las parejas de hecho solicitar días por fallecimiento?

Según la ley actual las parejas de hecho que no estén en matrimonio oficial no pueden solicitar días por fallecimiento.

La única excepción sería:

A nivel interno de tu empresa en el convenio general de trabajadores  tengan estipulado esta situación

y tanto empresa como trabajadores firmaron un acuerdo donde las parejas de hecho tengan este derecho.

Días por fallecimiento de un familiar: CONCLUSIONES FINALES

Aunque nos dedicamos dentro del sector funerario a prestar un servicio de floristería para enviar flores para funerales a los tanatorios de España.

Hemos querido destacar esta información en el blog porque todos somos trabajadores al igual que tú.

Y entendemos muy bien lo que supone el fallecimiento de un ser querido y por los momentos que estás pasando.

Por lo tanto si estás trabajando y necesitas días por fallecimiento de un familiar esperamos a verte servido de ayuda.

En caso de más información personalizada sobre este tema deberás dirigirte a un abogado laboral.

Ellos te podrán aportar una información más completa para tu caso personal.

Muchas gracias por leernos y sobre todo muchas gracias por tu tiempo.

Articulo redacción blog “Días por fallecimiento, ¿Tengo derechos?”. Monica Palacios

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